¿Qué contratos se firman en un proceso de gestación subrogada?

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Pero… ¿Hay mas de un contrato?

Es muy frecuente que, cada vez que se hable de este tema, y en especial por parte de quienes saben poco o nada del mismo, se piense en un único contrato: el de los padres intencionales con la gestante, pero en realidad ese es uno más de los varios acuerdos que se suscriben en estos procesos. Veamos cuales son:

  • Contrato con la agencia española: se trata de la empresa que asesorará e intermediará con los diversos agentes implicados, tanto en España como en el extranjero. A menudo existe el debate de si es o no necesario contar con una agencia; podemos asegurar con rotundidad que desde luego que lo es, puesto que la agencia, si es honesta y diligente con su cometido, te orientará del mejor modo para que no tengas incidencias que puedan poner en peligro el proceso, incidencias que pueden algunas ser muy graves.
  • Contrato con los abogados españoles: siempre decimos que en la GS hay, esencialmente, una parte médica y otra legal, y que sin la correcta combinación de ambas no hay proceso que valga. Este contrato puede ser simultáneo en el caso de bufetes jurídicos que funcionamos también como agencia, como es nuestro caso, o puede ser firmado aparte con el bufete al que te dirija la agencia, en cuyo caso sale siempre más caro. El papel del abogado/a será siempre desempeñar la labor necesaria para el reconocimiento legal del futuro hijo/a en España.
  • Contrato con la agencia del país extranjero: es la que tendrá que coordinarse con la agencia española y desempeñar las gestiones necesarias para el nacimiento del niño/a en el país elegido para ello.
  • Contrato con los abogados extranjeros: aquí hay dos ordenamientos jurídicos implicados, el español, del cual hemos visto que se encargan los abogados españoles, y el del país de destino, que es competencia de los abogados habilitados para ejercer en ese país y que deben velar porque el proceso se desarrolle correctamente con arreglo a sus leyes.
  • Contrato con la clínica de reproducción asistida: se trata de la clínica en el país de destino en la que tendrá lugar la primera de las dos fases médicas esenciales, la de la creación embrionaria mediante un procedimiento de FIV (Fecundación In Vitro), que dará lugar al futuro bebé. Este contrato puede o no incluir a su vez la ovodonación y la donación de semen, si se encuentra, como es habitual, tal servicio entre los ofrecidos (caso contrario se suscriben en contrato aparte). Además del contrato en sí, habrá toda una serie de consentimientos que igualmente habrá que firmar (congelación de material genético, descongelación de material genético, congelación de embriones, transferencias embrionarias etc.).
  • Contrato con la gestante: el que referíamos al principio, el acuerdo por el cual la chica que ha elegido ser gestante para los padres intencionales, o el padre o la madre intencional en el caso de tratarse de una sola persona, se compromete a gestar al bebé hasta su nacimiento. Este contrato, tal como literalmente decíamos en un artículo anterior, será suscrito en un plano de igualdad y no de dependencia laboral o jerárquica, como erróneamente se piensa con mucha frecuencia, y contará con la obligada presencia de un notario ante el cual ambas partes, gestante y padres intencionales, habrán de acreditar que entienden y aceptan libremente y sin coacciones de ningún tipo iniciar esa relación contractual (Ucrania o Georgia), o bien estarán representadas por un abogado, que deberá ser distinto por imperativo legal para cada uno (Estados Unidos), o bien esa relación contractual deberá ser validada por un tribunal que velará porque el proceso se haga conforme a las garantías legales que lo regulan autorizando su comienzo cuando se han cumplido todos los requisitos (Grecia) o reconociendo su eficacia a posteriori (Estados Unidos o Canadá).

Estos son los contratos o acuerdos más habituales de estos procesos, aunque puede haber otros, como por ejemplo el contrato con la agencia de transporte en el caso de enviar material genético a otro país desde España, pero ya son más anecdóticos. En artículos posteriores nos centraremos de forma más específica en algunos de ellos.

Miguel González Erichsen

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