Las técnicas de reproducción asistida fueron concebidas y desarrolladas para resolver los problemas de esterilidad que en la actualidad padecen una gran cantidad de personas en edad reproductiva.
Son un conjunto de procedimientos mediante los cuales la ciencia intenta acercar el óvulo al espermatozoide y lograr la fecundación y el consecuente embarazo. Es muy importante recalcar que hablamos de una reproducción humana y no de otras especies, y además, es asistida, no artificial.
Las normas positivas de Derecho no alcanzan a contemplar los fenómenos que sobrevienen a raíz de los avances de la ciencia con la inmediatez que la sociedad lo requiere. Esto se pone de manifiesto con la técnica de reproducción asistida llamada gestación subrogada o por sustitución que, en sentido amplio, consiste en que una mujer gesta el hijo de otra persona, renunciado a todos los derechos de maternidad a favor de aquella. En España no se permite realizar dicha técnica reproductiva, con lo que es preciso dar solución al problema jurídico que se deriva de dicha prohibición, pues muchos ciudadanos y ciudadanas españolas están viajando a otros países, donde sí está permitida, para tener a sus hijos.
Hablar de gestación subrogada está dejando de ser el tema polémico y controvertido que empezó siendo en nuestro país hace muy poco tiempo. La sociedad, en estos últimos años, ha recibido más información sobre el tema y gracias a muchos profesionales (médicos, abogados, psicólogos, los propios padres comitentes y las gestantes) cada vez nos resulta más “cotidiana” esta forma de forma una familia. La gestación subrogada abarca al ser humano desde su esencia, no solo el ser que está por nacer, sino también el dela mujer que lo porta en su seno, además de las personas que asumirán la paternidad del menor.
El fenómeno de las técnicas de reproducción asistida, y concretamente, la gestación subrogada, ha propiciado formas de maternidad compartida, que la doctrina ha clasificado según los grados de intervención de cada una de las mujeres en la procreación. De entre estas varias modalidades con relación a la maternidad, UNIVERSAL SURROGACY destaca la maternidad social. Estamos a favor de modificar el hecho del parto y sustituirlo por el de la responsabilidad y libertad en la procreación. Así pues, en los supuestos de gestación subrogada se debe reconocer como madre a la mujer que colaboró con el nacimiento del bebé, es decir, a quien desea ser la madre legal. Lo fundamental es, por tanto, la manifestación de voluntad de esa mujer, separando la maternidad del presupuesto biológico. UNIVERSAL SURROGACY cree y defiende una clase de maternidad basada en el acuerdo o en la voluntad. Si estás interesado/a en conocer más a fondo en qué consiste la gestación subrogada y dónde es posible llevarla a cabo con las mejores garantías de éxito, consulta con los profesionales de UNIVERSAL SURROGACY.