Para Shalev, jurista israelí, las tecnologías de la reproducción liberan, al menos potencialmente, a las mujeres de los vínculos que las hacen diferentes de los varones, esto es, las propias capacidades reproductivas. De esta forma, las mujeres, gracias a las técnicas reproductivas, pueden separarse de su cuerpo y de los impedimentos que derivan de tales capacidades y les impiden llegar a ser seres individuales de pleno derecho.
La mujer, nos viene a decir Shalev, se libera así del lastre que la liga a la naturaleza y que impide su plena igualdad con el varón; de este modo se constituye en sujeto autónomo y calculador que evalúa costes y beneficios, pudiendo suscribir, en consecuencia, un contrato de arrendamiento de útero. Para esta autora el contrato de subrogación no solo es una necesidad, sino una bondad, esto es, es una forma de constituir nuevos espacios de libertad para las mujeres.