¿Quienes recurren a la G.S.?

Tanto parejas heterosexuales en las que la mujer no tiene útero o padece disfunciones que le impiden llevar a término un embarazo, o cuando el embarazo le esté contraindicado por razones médicas, como también parejas del mismo sexo e incluso hombres solos.

Es muy importante separar dos aspectos diferentes en este tema:

1. El juicio ético que esta práctica pueda merecer a cada cual.
2. El tratamiento en materia de filiación que quepa dispensar a los bebés nacidos mediante la gestación por sustitución.

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