PAÍS
California
(Estados Unidos)
País pionero en gestación subrogada con una experiencia de más de 40 años y cientos de clínicas de reproducción asistida especializadas. Cuenta además con una cobertura legal que alcanza la casi totalidad de los 50 estados que forman los EEUU pues los procesos vienen avalados por el reconocimiento de un tribunal que declara mediante sentencia quienes son los padres y que vela por el correcto cumplimiento del proceso y de que se respeten todas las garantías y derechos para la gestante, el bebé y el padre o padres intencionales.
A los Estados Unidos puede acudir cualquier persona, soltera o no, en pareja o no y de cualquier condición sexual. Es el país más abierto y tolerante para ser madre o padre mediante la gestación subrogada.

Ninguno. No obstante, tanto para la gestación subrogada en California como para cualquier otro estado de los EEUU, no se suelen aceptar casos de personas que hayan cumplido ya los 61 años (en el momento de iniciar el proceso), salvo que esa persona vaya con una pareja que tenga una edad inferior.
Han de realizarse dos viajes si se va a aportar material genético o solo uno en caso contrario:
1) Primer viaje (si se aporta material genético): Duración aproximada de 5 a 7 días, se realiza la visita a la clínica de fertilidad, o bien para la donación de semen o para la extracción de óvulos o para ambas cosas.
2) Segundo viaje (o único viaje si no se aporta material genético): duración aproximada de veinte días. Es cuando nace tu hijo, el cual ya habrá sido reconocido como tal por un tribunal californiano mediante una sentencia de filiación antes incluso de su nacimiento. Tras ese nacimiento se verifica que el bebé y la mujer que lo ha dado a luz están en perfectas condiciones, acabando aquí la labor esencial de la gestante y comenzando la tuya/vuestra como la/los legítima/os madre/padres de tu/vuestro hijo/a.
En los casos de hombres solos o en pareja con otro hombre, así como en el de las parejas heterosexuales en las que se aportó aportó material genético por, al menos, un hombre (semen), se podrá instar la inscripción en el Registro civil consular español de Los Ángeles en base al Artículo 10.3 de la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida (Queda a salvo la posible acción de reclamación de la paternidad respecto del padre biológico, conforme a las reglas generales), además de los artículos 120 y siguientes del Código Civil (sobre determinación de la filiación no matrimonial) y 131 y siguientes, también del Código Civil (sobre las acciones para la reclamación de la filiación), y una vez en España, la esposa, esposo o pareja de hecho que no aportó material genético podrá incoar un expediente judicial de adopción ante el juzgado, que suele tramitarse en unos cinco meses de media.
En el caso de no haber podido aportar material genético masculino, se deberá instar la adopción del menor ante la administración competente de tu Comunidad Autónoma, tienes mucha más información para este trámite en nuestra página La adopción de menores: panorama actual en España y en las CCAA.
Y desde ese momento queda lo más difícil: criar y educar a tu/vuestro hijo/a 😉
¿Quieres un asesoramiento legal más específico sobre este país?
PAÍS
REPÚBLICA CHECA
Apropiado para hombres solteros o a parejas tanto heterosexuales como homosexuales, casadas o no, en las que al menos uno de ellos pueda aportar material genético (semen). El nacimiento del bebé tendrá lugar en Praga, lo que significa que contará con la partida de nacimiento europea y las garantías administrativas, legales y médicas de culminar el proceso en la Unión Europea.
Es el país perfecto para chicos gay que deseen ser padres o para hombres en general, ya lo hagan solos o en pareja con otro hombre.

Adecuado para hombres solteros o a parejas tanto heterosexuales como homosexuales, casadas o no, en las que al menos uno de ellos pueda aportar material genético (semen).
Si bien la República Checa no cuenta, por el momento, con una regulación concreta y específica de la gestación subrogada, sí que la tiene contemplada en el artículo 804 de la Ley núm. 89/2012 Recop. del Código Civil, en su versión modificada, dentro del contexto de la adopción, donde se establece que: Se excluye la adopción entre personas relacionadas entre sí en línea directa y entre hermanos. Esto no se aplica en el caso de la gestación subrogada. En 2014 en el Código Civil de la Republica Checa apareció un capítulo sobre la Gestación subrogada, y en la actualidad existe un proyecto de ley para abordar su regulación completa, probablemente en la misma línea de la regulación griega.
Que no exista una regulación concreta y específica, con los importantes matices que acabamos de apuntar, una regulación sobre la gestación subrogada, no significa que esté prohibida, ni que los partos de estos procesos, aun habiendo comezado en otro país en donde se hallan regulados y cuyo comienzo se hizo conforme a la legislación de tal país, no puedan tener lugar en la República Checa. La confusión que existe sobre la supuesta ilegalidad que a veces hemos oído viene por la práctica en la que alguna agencia ha incurrido, consistente en comenzar estos procesos en determinados países con una legislación incompatible con el modelo de familia involucrado, como hemos sabido que sucedió en el pasado cuando una pareja de chicos gay empezó el proceso en Ucrania, para terminarlo en República Checa, lo cual infringe la legislación ucraniana pues allí solo pueden ser padres por gestación subrogada los matrimonios hetero, dando lugar a determinadas actuaciones policiales solicitadas por la propia Ucrania respecto de ese caso concreto.
El consulado español en Praga no inscribirá al bebé en el Registro Civil Consular, amparándose en la Instrucción de 18 de febrero de 2019, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (antigua Dirección General de los Registros y del Notariado), que exige una sentencia del país donde ha tenido lugar el nacimiento que reconozca a los padres y que cumpla además con determinadas características, lo que no sucede en la República Checa, pero eso no supone ningún problema para regresar a casa, puesto que la República Checa pertenece a la Unión Europea, lo que significa que podemos regresar perfectamente por vía terrestre sin tener que atravesar una sola frontera.
Ya de vuelta en casa, se interpondrá ante los tribunales españoles una demanda de filiación por vínculo biológico y, en el caso de parejas hetero o gay, otra de filiación por vínculo adoptivo, quedando así la situación del bebé correctamente legalizada, una vez sea aprobada la oprtuna resolución judicial reconociendo al legítimo padre o padres.
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PAÍS
CHIPRE
Este país es adecuado para parejas tanto heterosexuales como homosexuales, casadas o no, en las que al menos uno de ellos pueda aportar material genético (semen).
Tanto el comienzo como la finalización tienen lugar en Chipre, desde donde es posible regresar a España en menos de un mes por vía aérea.
Es una opción válida para chicos gay que deseen ser padres o para hombres en general, ya lo hagan solos o en pareja con otro hombre o con una mujer.
Tienes mucha más información en las pestañas inferiores:

Posible para hombres solteros o a parejas tanto heterosexuales como homosexuales, casadas o no, en las que al menos uno de ellos pueda aportar material genético (semen).
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PAÍS
CHIPRE
Este país es adecuado para parejas tanto heterosexuales como homosexuales, casadas o no, en las que al menos uno de ellos pueda aportar material genético (semen).
Tanto el comienzo como la finalización tienen lugar en Chipre, desde donde es posible regresar a España en menos de un mes por vía aérea.
Es una opción válida para chicos gay que deseen ser padres o para hombres en general, ya lo hagan solos o en pareja con otro hombre o con una mujer.
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Posible para hombres solteros o a parejas tanto heterosexuales como homosexuales, casadas o no, en las que al menos uno de ellos pueda aportar material genético (semen).