contratos de maternidad subrogadaLos contratos de maternidad subrogada de carácter internacional presentan una serie de problemas debido al diverso tratamiento que esta forma de maternidad recibe en los diferentes Estados.

Sería deseable la adopción de un instrumento internacional que permitiese, no tanto la armonización de las normas de Derecho internacional privado relativas al establecimiento de la filiación en aquellos casos en los que media un contrato de gestación por sustitución, sino el establecimiento de un marco de cooperación entre autoridades, que favoreciese el reconocimiento de las filiaciones válidamente determinadas en un Estado que admita esta forma de gestación por sustitución en otro Estado cuyo ordenamiento prohíba esta práctica, tal y como sucede en España.

 

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